COMO ESTABLECER UNA EMPRESA EN EL PERU

(PROMPEX)

El Perú promueve la inversión privada nacional y extranjera a través del otorgamiento de una serie de garantías, libertades y derechos, tanto a favor de los inversionistas como de sus inversiones.

La inversión extranjera que se efectúe en el país no requiere autorización previa. Una vez realizada, ésta debe ser registrada ante el organismo nacional competente.

La inversión privada extranjera que se efectúe en moneda libremente convertible, deberá ser canalizada a través del Sistema Financiero Nacional. Las utilidades pueden ser repatriadas por los inversionistas privados extranjeros sin limitación alguna, cumpliendo las formalidades legales.

 

MODALIDAD EMPRESARIAL

Las leyes del Perú reconocen diversas formas empresariales, entre las que se destacan la sociedad anónima, la sociedad comercial de responsabilidad limitada, la sucursal, la asociación en participación, el consorcio, entre otras.

En tal sentido, los inversionistas privados, sean personas naturales o jurídicas, tendrán que decidir si operarán a través de la constitución de una sociedad, del establecimiento de una sucursal, o de la celebración de contratos de naturaleza asociativa. Dado que la sociedad anónima, la sucursal y los contratos de naturaleza asociativa son los más utilizados por los inversionistas privados, seguidamente presentamos sus aspectos más importantes.

 

SOCIEDAD ANONIMA

La sociedad anónima es una de las formas societarias que confieren a sus socios la limitación de su responsabilidad hasta el límite de su aporte. El capital social está representado por acciones, teniendo los socios la calidad de accionistas.

Las características principales de la sociedad anónima se describen a continuación:

  • Denominación

  • Capital

  • Accionistas

  • Constitución

    • Simultanea

    • Por Oferta de Terceros

  • Costos de Organización

  • Duración de la Sociedad Anónima

  • Aportes de los Accionistas

  • Órganos de la Sociedad

    • Junta General de Accionistas

    • Directorio

    • Gerencia

 

Requisitos Contables: Previo a su utilización, los libros contables deberán legalizarse ante Notario Público, excepto el de Planillas, el cual se legalizará ante el Ministerio de Trabajo y Promoción Social, pagando la tasa correspondiente en el Banco de la Nación.

 

Dividendos: Sólo podrán pagarse dividendos sobre las acciones en razón de utilidades obtenidas o de reservas de libre disposición, siempre que el patrimonio no sea inferior al capital social.

La distribución de dividendos a los accionistas se realizará en proporción a las sumas que hayan desembolsado y al tiempo de integración al capital social.

 

LA SUCURSAL

Las empresas, domiciliadas o no en el país, pueden libremente establecer sucursales en el Perú, debiendo inscribirlas en el Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral de la SUNARP del lugar de su funcionamiento.

La sucursal carece de personería jurídica independiente de su principal. Está dotada de representación legal permanente y goza de autonomía de gestión en el ámbito de las actividades que la sociedad principal le asigna, conforme a los poderes que otorga a sus representantes.

La Escritura Pública de Establecimiento de Sucursal deberá contener cuando menos:

El certificado de vigencia de la sociedad principal. Tratándose de sociedades constituidas en el extranjero, deberán presentar, además del certificado de vigencia, con la constancia de que su pacto social ni su estatuto le impiden establecer sucursales en el extranjero;

Copia del documento en el que conste el pacto social y el estatuto o de los instrumentos equivalentes en el país de origen de ser el caso; y,

El documento en el que conste el acuerdo de establecer la sucursal, adoptado por el órgano social competente de la sociedad principal, el cual deberá indicar: el capital que se le asigna a la sucursal; para el giro de sus actividades en el país; la declaración de que tales actividades están comprendidas dentro de su objeto social; el lugar del domicilio de la sucursal; la designación de por lo menos un representante legal permanente en el país; los poderes que le confiere; y su sometimiento a las leyes del Perú para responder por las obligaciones que contraiga la sucursal en el país.

 

LOS CONTRATOS ASOCIATIVOS

Los contratos asociativos crean y regulan la participación e integración en negocios o empresas determinadas, en interés común de los intervinientes. Este tipo de contrato, no genera una persona jurídica, deberá constar por escrito y no está sujeto a inscripción en el Registro. Existen 3 formas de contratos asociativos: el contrato de Asociación en Participación, el Consorcio y el Joint Venture.

Los contratos asociativos crean y regulan la participación e integración en negocios o empresas determinadas, en interés común de los intervinientes. Este tipo de contrato, no genera una persona jurídica, deberá constar por escrito y no está sujeto a inscripción en el Registro. Existen 3 formas de contratos asociativos: el contrato de Asociación en Participación, el Consorcio y el Joint Venture.

 

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FORMALIDADES ADMINISTRATIVAS

En adición a los requisitos legales mencionados anteriormente, existen ciertas formalidades que deben ser cumplidas por las empresas extranjeras que deseen establecer empresas nuevas o sucursales.

 

REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES (RUC)

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), es el órgano administrador de tributos en el Perú. Tiene, entre otras funciones, la de registrar a los contribuyentes, otorgándoles el certificado que acredite su inscripción en el Registro Único de Contribuyentes.

Para su obtención se deberá presentar lo siguiente:

  • Testimonio de Constitución Social, debidamente inscrito ante el Registro correspondiente.

  • Recibo de agua o luz del domicilio fiscal.

  • Formato de inscripción de RUC de la SUNAT

  • Documento de identidad en original del representante legal

Si el trámite lo realiza una tercera persona deberá presentar una carta poder simple otorgada por el representante legal con firma legalizada notarialmente y el documento de identidad en original de la tercera persona.

 

Requisitos según Tipo de Actividad

En algunos casos, de acuerdo con la naturaleza de la actividad, se requiere del cumplimiento de algunos requisitos especiales. A continuación se detallan algunas actividades -sin que dicha enumeración sea excluyente, total o limitativa- que están sujetas a los requisitos especiales antes indicados:

 

Actividad Industrial Fiscalizada

La producción de algunos bienes tales como:

  • Armas, municiones o explosivos;

  • Prendas de uso militar o policial; y,

  • Productos e insumos químicos que se encuentran fiscalizados por dispositivos especiales.

En tal sentido, para el inicio de este tipo de actividades, las empresas, luego de inscribirse en el RUC, deberán someterse a la verificación del Ministerio de la Producción - PRODUCE, y obtener su autorización expresa, luego de realizar los trámites necesarios ante las entidades competentes del Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, según corresponda.

 

Actividades Comerciales y de Servicios

  • Comercialización de productos e insumos químicos que se encuentran fiscalizados por dispositivos especiales; dichas empresas para iniciar actividades, luego de su inscripción en el RUC, deberán seguir el mismo procedimiento señalado en el acápite precedente. (Actividad Industrial Fiscalizada)

  • Comercialización de plaguicidas, productos farmacéuticos y biológicos de uso veterinario, alimentos para animales; dichas empresas para iniciar sus actividades, luego de su inscripción en el RUC, deberán previamente obtener la autorización correspondiente del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA.

  • Comercialización de flora y fauna que se encuentren fiscalizados por dispositivos especiales y por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre; dichas empresas para iniciar actividades, deberán obtener previamente la autorización correspondiente del Ministerio de Agricultura.

  • Servicios de vigilancia y seguridad; dichas empresas para funcionar, luego de su inscripción en el RUC, deberán obtener la autorización correspondiente del Ministerio del Interior.

  • Servicios de fumigaciones de naturaleza agropecuaria; dichas empresas para iniciar sus actividades, luego de su inscripción en el RUC, deberán previamente obtener la autorización correspondiente del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA.

 

Actividades Turísticas

  • Agencias de viajes y turismo; las mismas que para ostentar la condición de "Agencia de Viajes y Turismo Acreditada" deberá presentar a la Dirección Nacional de Turismo o al Órgano Regional Competente lo siguiente:

    • Solicitud indicando datos generales de la empresa;
      Copia del RUC;

    • Copia de la Licencia Municipal de Funcionamiento;

    • Formulario otorgado por la Dirección Nacional de Turismo o por el Órgano Regional Competente, de conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo Nº 037-2000-ITINCI.

      • Establecimientos de hospedaje que pretendan ostentar clase y categoría de acuerdo a la legislación vigente, los cuales deberán solicitar su clasificación y categorización ante la Dirección Nacional de Turismo, luego de inscritos en el RUC, de conformidad con el D.S. Nº 029-2004-MINCETUR, debiendo contar además con la Licencia Municipal de Funcionamiento.

      • Casinos de juego; los mismos que deberán cumplir con los requisitos establecidos en su respectiva ley y normas reglamentarias y complementarias.

      • Tragamonedas; los mismos que deberán cumplir con los requisitos establecidos en el "Reglamento para la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas aprobado mediante DS 009-2002-MINCETUR.

      • Restaurantes que pretendan ostentar categoría de 1 a 5 Tenedores y/o ser calificados como turísticos, deberán solicitar su categorización ante la Dirección Nacional de Turismo, luego de su inscripción en el RUC. Asimismo, deberán contar con la Licencia Municipal de Funcionamiento.

      • Servicios de alojamiento; los mismos que, para iniciar actividades, luego de su inscripción en el RUC, deberán solicitar su autorización al órgano competente de acuerdo al Decreto Supremo Nº 10-95-ITINCI.

 

Servicio de Transporte Terrestre Interprovincial e Internacional

Para el inicio de las actividades de transporte:

  • Regular de pasajeros.

  • Turístico de pasajeros.

  • Carga.

Las empresas, luego de inscritas en el RUC, deberán solicitar la Concesión de Ruta, Permiso de Operación o Constancia de Empadronamiento, según corresponda, ante la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

 

Actividades Agroindustriales

  • Procesamiento de flora y fauna silvestre: para el inicio de sus actividades las empresas deberán previamente obtener, luego de su inscripción en el RUC, la autorización de la instancia correspondiente del Ministerio de Agricultura.

  • Beneficio de ganado y aves: para el inicio de sus actividades las empresas deberán previamente obtener, luego de su inscripción en el RUC, la autorización sanitaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA.

  • Producción de plaguicidas de origen vegetal: para el inicio de sus actividades las empresas deberán previamente obtener, luego de su inscripción en el RUC, la autorización sanitaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA.

 

Registro de Inversión Extranjera

Las inversiones extranjeras destinadas al capital de una empresa, así como las formalizadas contractualmente con una empresa peruana, incluyendo las asociaciones en participación y cualquier otra forma de asociaciones de riesgo deben registrarse ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN.

Para tal efecto, se deberá presentar una solicitud, adjuntando la siguiente documentación, según el tipo de aporte efectuado:

  • Aportes en moneda libremente convertible

  • Aportes producto de la capitalización de obligaciones privadas con el exterior

  • Aportes en bienes físicos o tangibles

  • Aportes en contribuciones tecnológicas intangibles

  • Aportes en moneda nacional con derecho a giro, por concepto de utilidades, dividendos, regalías u otro tipo de acreencias devengadas

 

Licencia Municipal de Funcionamiento

Es la autorización para desarrollar una determinada actividad comercial en un local determinado de la sociedad, y se solicita ante la Municipalidad de la jurisdicción, donde está ubicado el mismo.

 

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